Criterios de admisión y normativa
Perfil del estudiante
El máster se dirige principalmente a los graduados en las titulaciones que habilitan para el ejercicio de la Ingeniería Técnica Agrícola (Ingeniería agraria y alimentaria, Ingeniería en Ciencias Agronómicas, Ingeniería Alimentaria, Ingeniería Agroalimentaria, Ingeniería de Bio-procesos Alimentarios o equivalentes).
También podrán acceder los graduados otras titulaciones afines del ámbito agroalimentario.
También se dirige a los Ingenieros Técnicos Agrícolas en cualquier de las especialidades. Estos no tendrán que cursar ningún complemento de formación (Memoria del MENAG, aprobada por el AQU y Consejo de Gobierno en mayo 2022).
En caso de no disponer de alguna de las titulaciones anteriores, el alumno tendrá que cursar unos complementos de formación (hasta un máximo de 30 ECTS).
Requisitos de acceso
Según la Orden CIN/325/2009 (apartado 4.2), para acceder al Máster MENAG, los estudiantes tendrán que cumplir alguna de las tres condiciones siguientes:
- Haber adquirido previamente las competencias que habilitan para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Agrícola
- Haber adquirido un título de grado con el módulo de formación básica y el módulo común a la rama, aunque no haya cubierto un bloque cumplido del módulo de tecnología específica pero si 48 créditos que habiliten para el ejercicio de Ingeniero Técnico Agrícola.
- Tener un título de grado sin perjuicio que en este caso se establezcan los complementos de formación previa que se estimen necesarios.
Los estudiantes que quieran acceder al MENAG tendrán que acreditar que están en posesión de un título universitario tal como dictamina el artículo 16 del RD 1393/2007, modificado por el RD 861/2010:
- Estar en posesión de un título universitario oficial español o expedido por una institución de educación superior de otro estado integrando del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte, en el país expedidor del título, para el acceso a enseñanzas de máster.
- También pueden acceder los titulados de sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) sin necesidad de la homologación de sus títulos, con la comprobación previa por la UdL que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos oficiales españoles y que facultan en el país